I.- INTRODUCCIÓN.
El Decreto Nº 152/2018, de 20 de junio, por el que se regula la concesión, renovación y utilización del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia” a empresas públicas o privadas, regula el procedimiento y las condiciones para la obtención del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia”, por parte de empresas tanto públicas como privadas, así como los derechos derivados de su obtención.
Esta iniciativa del Gobierno autonómico de Murcia pone de manifiesto el compromiso de los poderes públicos de cara a la implantación del principio de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en la Región. Así, mediante la concesión del Distintivo, el Gobierno autonómico trata de premiar a aquellas empresas, con presencia en la Comunidad Autónoma, que se hayan distinguido por el desarrollo e implantación de políticas de igualdad de mujeres y hombres entre su personal.
II.- «DISTINTIVO DE IGUALDAD DE LA REGIÓN DE MURCIA». CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES.
ORGANISMOS
La convocatoria, de carácter anual y el procedimiento de concesión, se instruirá por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y se evaluará por la Comisión Técnica de Evaluación creada al efecto.
ÁMBITO SUBJETIVO
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con domicilio o centro de trabajo en la Región de Murcia, que hayan contratado personal en dicha Comunidad Autónoma.
REQUISITOS OBJETIVOS
Entre otros, acreditar por escrito haber implantado un plan de igualdad o políticas de igualdad y haber realizado balances o informes sobre las medidas implantadas en relación con las
condiciones de trabajo, modelo organizativo, responsabilidad social y publicidad no sexista de los productos y servicios ofertados por la empresa.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
En los criterios de valoración se tendrán en cuenta, entre otros: la cultura organizativa y su compromiso por la igualdad; las medidas económicas, comerciales, laborales, asistenciales, etc. destinadas a promover condiciones de igualdad en la empresa; la comunicación interna y externa que incorpore un leguaje e imagen igualitarios; la adecuada representación de mujeres en la totalidad de categorías profesionales; la igualdad retributiva; las medidas que eviten el acoso sexual y por razón de género; las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
VIGENCIA
3 años, a contar desde la publicación de su concesión en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
III.- CONCLUSIONES.
En el marco de la Contratación Pública, las empresas a las que se les otorgue el “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia”, podrán usar de él en los términos y condiciones previstos en el artículo 127 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, relativo a las “etiquetas”. De este modo, la obtención del Distintivo o etiqueta, servirá para acreditar el cumplimiento de aquellos estándares sociolaborales exigidos como requerimientos de solvencia, condiciones especiales de ejecución e incluso como criterios de adjudicación en el seno de los procedimientos de contratación pública.
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